*Morelia, Michoacán, a 30 de marzo de 2022.-* Con el objetivo de establecer las bases generales de cooperación académica, prácticas profesionales y servicio social, entre otras actividades, la Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE), firmó un convenio de colaboración con la Universidad Interamericana para el Desarrollo (UNID).
Este documento permitirá a las instituciones el intercambio de información que permita facilitar trámites, servicios académicos y actividades que coadyuven al desarrollo profesional del alumnado, así como del personal de la FGE y de esa manera, fortalecer los vínculos de trabajo y comunicación con dicha sede educativa.
En representación del Fiscal General, Adrián López Solís, Jaime Mendoza Guzmán, director general del Instituto de Capacitación y Servicio Profesional de Carrera, destacó la importancia de formalizar estos lazos y con ello impulsar una agenda conjunta que dote al alumnado de herramientas para su desarrollo profesional.
El funcionario, expresó que las tareas de procuración y acceso a la justicia exigen conocimientos especializados y en ese sentido destacó que la Fiscalía General, es y será una aliada a través de la cual, se puedan generar acciones encaminadas a la profesionalización.
Acompañado por la titular de la Dirección General Jurídica y de Derechos Humanos, Rosario Berber Cerda, agradeció a Teresa Guirola Romo y Tránsito Fernando Barajas Valencia, representante Legal UNID Morelia y Rector UNID Morelia, respectivamente, la confianza puesta en la FGE para impulsar estos trabajos y reiteró la disposición del Fiscal General, de atender y dar seguimiento a cada una de las actividades que del presente convenio se deriven.
En el evento, también se contó con la asistencia de Adriana Angeles Orozco, Coordinadora de Alumnado Total y Juan Daniel Arreola Campos, Coordinador de vinculación UNID Morelia.
*Esta plataforma de comunicación tiene fines exclusivamente informativos y ha sido modificada temporalmente con motivo del proceso de revocación de mandato en cumplimiento a lo ordenado en los artículos 35, facción IX, numeral 7 y 134 párrafos séptimo y octavo de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, y artículo 33, párrafos quinto y sexto de la Ley Federal de Revocación de Mandato.*