Aprueba Consejo del Poder Judicial de Michoacán padrón de proveedores para la adquisición de bienes, arrendamientos y prestación de servicios

Morelia, Michoacán, 13 de diciembre de 2016. Con el objetivo de seguir fortaleciendo la transparencia y rendición de cuentas, el Consejo del Poder Judicial de Michoacán aprobó la creación del padrón de proveedores para la adquisición de bienes, arrendamientos, prestación de servicios y obra pública para la institución.

El acuerdo se deriva de las políticas y acciones de austeridad emprendidas por el Consejo, al tiempo que cumple con lo establecido en el numeral 29 de la Constitución de Michoacán, que hace referencia a la obligación de los servidores públicos de asegurar las adquisiciones en las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad.

Además, con esta acción se abona a que participe el mayor número de personas físicas y/o morales como proveedores, de manera que se reciban diversas cotizaciones o propuestas económicas para una aplicación óptima de los recursos financieros del Poder Judicial de Michoacán.

La inscripción al padrón es gratuita y sólo es necesario cumplir con los requisitos establecidos en el acuerdo Padrón de Proveedores En el caso de las personas morales se solicita, entre otros, una carta firmada por el representante legal e incluir en ella datos fiscales, listado de productos, servicios que oferta, así como un currículum empresarial y una carta de exposición de motivos.

En tanto que para las personas físicas, deberán presentar una carta manifestando el interés por pertenecer a dicho padrón, con datos fiscales y lista de productos que oferta con sus especificaciones, por mencionar algunos.

El Comité de Adquisiciones recientemente creado es el responsable de integrar y mantener actualizado el padrón, además de clasificar a las personas físicas y morales inscritas en él, de acuerdo con su actividad, capacidad técnica y demás características. Dicho registro contará con una vigencia de un año, al término del cual los proveedores tendrán la posibilidad de renovarlo.

Es importante señalar que entre las atribuciones del Comité se encuentra la de suspender el registro al proveedor cuando éste haya actuado con dolo o mala fe, ya sea en la adjudicación de un pedido o contrato, en su celebración o cumplimiento. Asimismo, cuando incurra en actos, prácticas u omisiones que lesionen el interés general o el de la economía del Poder Judicial de Michoacán, y al negarse a reponer las mercancías que no reúnan los requisitos estipulados.

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